Proponen reforma jubilatoria para inspectores de la Patrulla Caminera

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En Cámara de Diputados fue presentado un proyecto de ley “Que amplía los artículos 41 y 42 de la Ley N° 5498/2015, que crea la Dirección Nacional de la Patrulla Caminera y establece su carta orgánica”.

El proyecto de ley de reforma jubilatoria para inspectores de la Patrulla Caminera fue planteada por el diputado Germán Solinger (ANR-Itapúa). El objetivo es garantizar condiciones más justas, equitativas y sostenibles en el régimen jubilatorio de los funcionarios operativos de la institución, que enfrentan condiciones laborales exigentes y riesgos constantes en el cumplimiento de sus funciones, indica.

Actualmente, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), reconoce los derechos jubilatorios contemplados en la Ley N° 5498/2015.

Sin embargo, señala que la normativa no incluye el reconocimiento de los aportes jubilatorios efectuados con anterioridad a la creación de la Dirección Nacional de la Patrulla Caminera.

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Esto genera una brecha legal que pone en riesgo el derecho a una jubilación plena y justa.

Condiciones laborales excepcionales

El proyecto destaca la naturaleza excepcional de la labor de los inspectores nacionales, que trabajan expuestos a condiciones climáticas adversas, largas jornadas en posición fija sobre superficies de asfalto y lejos de sus hogares, en cumplimiento de comisiones en distintos puntos del país.

Agrega que las circunstancias, muchas veces invisibilizadas, demandan un reconocimiento adecuado por parte del Estado, según sostiene el documento.

Además, resalta que en numerosos casos, los inspectores han perdido la vida o han sufrido lesiones graves a causa de accidentes viales durante el cumplimiento de sus funciones.

La propuesta incluye una pensión para los herederos de aquellos funcionarios fallecidos en servicio, reafirmando el compromiso con la protección social de las familias afectadas.

Justicia previsional

“Es indispensable establecer un marco legal diferenciado que reconozca el esfuerzo, el compromiso y los riesgos que asumen estos trabajadores”, señaló.

La Constitución Nacional, en su artículo 103, otorga al Congreso la facultad de determinar las condiciones y procedimientos del régimen jubilatorio, lo cual respalda legalmente la presentación de esta propuesta.

El proyecto fue remitido a las comisiones de Legislación y Codificación; Justicia, Trabajo y Previsión Social; Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones; Presupuesto; Cuentas y Control de Ejecución Presupuestaria; y Reestructuración y Modernización del Estado, para el análisis y posterior dictamen.

De ser aprobada, esta reforma representaría un paso importante hacia la justicia previsional para los funcionarios operativos de la Patrulla Caminera, reconociendo su rol esencial en la seguridad vial del país y garantizando un retiro digno tras años de servicio, señala.


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